CONTRADEMANDA CIVIL TÉCNICA, ESTRATEGIAS ERRORES MÁS COMUNES EN LA RECONVECNIÓN
- Dr. Sergio Artavia B
- 23 jul
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Dr. Sergio Artavia B.
Abogado litigante
Escritor de obras procesales
Co-redactor del Código Procesal Civil
Cuando el litigante es contratado para defender un caso, deberá examinar si tiene las bases razonables y suficientes para contrademandar, en todos sus aspectos: hechos, pruebas, pretensión y derecho, pues de no estar seguro, en un grado de probabilidad razonable, no conviene embarcar al cliente en una aventura, al estilo de Marco Polo, pues puede resultar más caro para el cliente, que puede perder la demanda, lo condenen en la contrademanda y además lo condenan al pago de costas del proceso.
Cuando el demandado tiene pretensiones propias derivadas de los mismos hechos o de la relación jurídica planteada por el actor, puede recurrir a la reconvención como forma de contraataque legítimo. Esta herramienta permite convertir la defensa en una acción ofensiva, transformando el esquema procesal y forzando al actor original a asumir también el rol de parte pasiva. Como diría Sun Tzu en su Arte de la Guerra: “Aquel que se adelanta a su enemigo y lo ataca antes de que este esté preparado, gana la batalla” y “por eso, el experto en el arte de la guerra ataca, hace invencible su posición y espera que el enemigo se debilite”. O bien, como diría Garry Kasparov “Una posición pasiva solo invita al ataque. Es preferible asumir riesgos, tomar la iniciativa, atacar y obligar al otro a defender”, “Solía atacar porque era lo único que sabía. Ahora ataco porque sé que funciona…La mejor estrategia: atacar primero, atacar con fuerza”.
1.- LA ESTRATEGIA DE LA CONTRADEMANDA
En litigación especializado o experto, como en el ajedrez, quien solo se defiende termina agotando sus recursos sin alterar el equilibrio del juego. La estrategia de ataque no implica actuar por impulso, sino asumir la iniciativa con base técnica, anticipando los movimientos del adversario y obligándolo a responder. La reconvención procesal, bien planteada desde la contestación, cumple esa función: rompe la inercia defensiva y traslada el conflicto a un terreno donde el demandado se convierte también en protagonista procesal: algunas veces pasas de “actor secundario a actor principal del drama”.
Algunas veces no conviene contrademandar, eso es una definición estratégica que debe compartir y aprobar el cliente. Si decide, la reconvención no puede ser cualquiera. La reconvención debe ser fundada, congruente con el objeto del proceso y acompañada de sus propios hechos, fundamentos jurídicos y prueba.
Acá planteo una visión estratégica para decidir si conviene o no contrademandar:
1. La reconvención es una herramienta táctica legítima que transforma al demandado en parte activa del conflicto.
2. No toda defensa requiere reconvención, pero toda reconvención requiere análisis jurídico, táctico y probatorio previo.
3. Presentar una reconvención sin fundamento es arriesgar la credibilidad procesal desde el primer acto ofensivo.
4. La reconvención debe ser coherente con la teoría del caso del demandado, no contradictoria ni improvisada.
5. La decisión de reconvenir no es técnica solamente: es estratégica, y debe ser consultada con el cliente.
6. Reconvenir implica aceptar una nueva carga: argumentativa, probatoria y económica, que no puede asumirse sin evaluación.
7. El análisis de viabilidad de la reconvención debe contemplar hechos, derecho, prueba y conexidad procesal.
8. La reconvención debe estar vinculada fáctica o jurídicamente con la demanda original, salvo disposición legal en contrario.
9. Toda reconvención debe redactarse como una demanda completa: hechos, derecho, pretensión, prueba y cuantía.
10. Una reconvención redactada como apéndice de la contestación pierde fuerza y dificulta su admisión.
11. La reconvención debe formularse como una nueva causa con estructura propia.
12. La reconvención proyecta iniciativa procesal: desplaza el foco del juicio y obliga también al actor, ahora, a defenderse.
13. Una buena reconvención puede ser más eficaz que una defensa pasiva frente a demandas agresivas.
14. Reconvenir exige dominar el objeto del proceso, para no generar dispersiones o desbordes indebidos.
15. Las pretensiones reconvencionales deben ser claras, autónomas y legalmente exigibles.
16. Toda reconvención requiere prueba específica, oportuna y suficiente para sustentar sus hechos base.
17. La reconvención debe contribuir al reequilibrio procesal, no al enredo argumental o probatorio.
18. El cliente debe ser informado de los beneficios y riesgos, incluidas costas, si la reconvención fracasa.
19. La reconvención puede proyectar madurez estratégica si es fundada y jurídicamente viable.
20. Un demandado que reconviene sin coherencia narrativa pierde fuerza en su teoría defensiva.
21. La reconvención permite plantear hechos impeditivos, extintivos o alternativos con fuerza ofensiva.
22. Debe cuidarse la relación entre defensa y ataque: no deben contradecirse ni restarse validez mutua.
23. El juez espera de la reconvención la misma seriedad técnica que de la demanda principal.
24. Una reconvención vaga o débil puede dar al actor ventaja emocional y procesal desde el inicio.
25. El momento de reconvenir debe ser aprovechado procesalmente; fuera de plazo, pierde oportunidad y efecto, generalmente es prohibiso.
26. No todas las causas conexas deben reconvenirse: algunas es preferible reservarlas o litigarlas por separado.
27. Reconvenir no es venganza: es una decisión jurídica para reposicionar al demandado como protagonista del proceso.
28. Una reconvención eficaz obliga al actor a reformular su estrategia e introducir una doble defensa.
29. El juez valora positivamente al defensor que reconviene con lógica, moderación y argumentación sólida.
30. Una buena reconvención transforma el tablero: quien antes solo resistía, ahora también conduce el litigio.
TRES: Los 20 errores más comunes en la estrategia de contrademandar
También en la decisión estratégica de contrademandar o no y la forma en que plantea la reconvención, puede contener errores de formulación, que el litigante conviene evitar. Acá planteo los más importantes a considerar:
1. Reconvenir sin haber realizado un análisis técnico-jurídico serio sobre la existencia de hechos, derecho, pretensiones y prueba suficiente, para saber si conviene reconvenir.
2. Tomar la decisión de reconvenir como respuesta emocional al ataque del actor y no como estrategia procesal fundamentada.
3. No consultar previamente al cliente sobre los riesgos, costos y consecuencias legales de presentar una reconvención.
4. Plantear reconvenciones sin verificar la conexión lógica o fáctica con la demanda principal, arriesgando su inadmisión.
5. Incorporar pretensiones nuevas que carecen de relación directa con los hechos que originaron el proceso principal.
6. Confundir reconvención con mera defensa ampliada, debilitando su estructura y su proyección procesal autónoma.
7. Formular reconvención sin teoría del caso propia, clara, creíble y jurídicamente articulada.
8. Reconvenir sin identificar claramente la norma jurídica que sustenta la nueva pretensión planteada.
9. No estructurar la reconvención como una sección independiente, con hechos, derecho, prueba y cuantía definida.
10. Ofrecer prueba en la reconvención sin vincularla de forma precisa a los hechos y pretensiones que se reclaman.
11. Formular una reconvención sin una conexión estratégica entre los cuatro elementos del cuadrinomio del proceso y sin armonía con la línea argumentativa del escrito principal.
12. Restar importancia al esfuerzo probatorio adicional que exige la reconvención y asumir que basta con la defensa ya planteada.
13. Formular reconvención con prueba incompleta, fragmentaria o sin prueba alguna, debilitando su viabilidad.
14. Reconvenir sin considerar la carga económica y de costas que implica, especialmente si no tiene alta probabilidad de éxito.
15. No calcular el impacto táctico que la reconvención generará sobre la estrategia del juicio, ni prever su efecto en el juez.
16. Omitir evaluar si la reconvención modificará el equilibrio procesal a favor del demandado o si lo complicará aún más.
17. Redactar la reconvención en tono confrontativo, reactivo o improvisado, sin estilo técnico ni control argumentativo.
18. Incluir pretensiones inadecuadas o infundadas que debilitan la solidez del resto del escrito de defensa.
19. Decidir no reconvenir cuando existe una base clara, sólida y probada, por temor o por falta de análisis estratégico.
20. Reconvenir con pretensiones contradictorias respecto de los hechos, excepciones o admisiones ya expresadas en la contestación.
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