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La revisión final de la demanda: técnica y estrategia en la litigación civil

  • Foto del escritor: Dr. Sergio Artavia B
    Dr. Sergio Artavia B
  • 25 ago
  • 6 Min. de lectura

Dr. Sergio Artavia Barrantes


La demanda civil es el acto procesal que inaugura el litigio y fija, desde su presentación, los límites del debate judicial. En ella se concentran las expectativas del cliente, el talento técnico del abogado y la primera impresión que recibirá el juez. No obstante, aunque el proceso se inicia formalmente con el escrito introductorio, la calidad del mismo depende en gran medida de la última etapa de trabajo: la revisión final de la demanda.

Revisar no significa únicamente corregir errores ortográficos o verificar que se incluyeron los anexos. Es, en rigor, un ejercicio de litigación estratégica. Un abogado que omite este paso se expone a múltiples riesgos: desde una prevención por defectos de forma hasta el rechazo de plano por improponibilidad, pasando por la pérdida de credibilidad frente al juez. En cambio, el abogado que revisa con rigor depura la teoría del caso, refuerza la coherencia del escrito y anticipa las líneas de defensa de la contraparte.

En la práctica de los tribunales civiles, abundan ejemplos de demandas mal planteadas que terminan en sentencias inhibitorias. En muchos de esos casos, el derecho material acompañaba al actor, pero el escrito inicial no superó los filtros procesales. Esa paradoja –tener razón en el fondo pero perder en la forma– es una de las lecciones más duras para el litigante. La revisión final, entonces, es el antídoto frente a esa frustración.

 

1. La revisión de la pretensión como base de negociación

La pretensión es el corazón de la demanda: constituye el objeto sobre el cual el juez emitirá sentencia y la contraparte articulará su defensa. Sin embargo, uno de los errores más comunes es redactarla en términos excesivos, desproporcionados o incluso contradictorios con la teoría jurídica desarrollada.

El abogado debe recordar que la pretensión no es un espacio para satisfacer los anhelos subjetivos del cliente, sino la concreción procesal de un derecho exigible. Cuando se formula un petitum desmedido –por ejemplo, reclamar daños y perjuicios sin individualizarlos, o exigir indemnizaciones astronómicas sin respaldo probatorio– se pierde seriedad técnica y se dificulta la negociación.

Un ejemplo práctico: en un proceso por incumplimiento contractual, es frecuente que el cliente desee reclamar “todos los daños posibles”. Si el abogado traduce literalmente esa instrucción en la demanda, lo más probable es que el juez rechace la pretensión por falta de concreción. En cambio, una revisión final cuidadosa permite ajustar el petitum a parámetros realistas: distinguir entre daño emergente y lucro cesante, estimar cada rubro de forma individual (Art. 43 CPC) y vincularlo a hechos debidamente probados.

La pretensión revisada con prudencia se convierte en una herramienta de negociación. Una parte contraria enfrenta distinto un reclamo desmesurado que uno razonable y bien delimitado. En el primer caso, se atrinchera; en el segundo, se abre al diálogo, porque percibe que el abogado del actor litiga con mesura y cálculo estratégico.

 

2. Revisión de la coherencia de la demanda

La coherencia es la virtud silenciosa que sostiene todo escrito de demanda. En términos prácticos, significa que los hechos narrados, las pruebas ofrecidas, la teoría jurídica escogida y la pretensión formulada guarden armonía lógica. Cuando alguno de esos elementos se contradice con los otros, la demanda se resquebraja.

Ejemplo frecuente: se alegan hechos que no se respaldan con prueba alguna, o se ofrece prueba que no guarda relación con los hechos narrados. En otros casos, la teoría jurídica elegida no corresponde a la pretensión formulada: se desarrolla ampliamente un argumento de responsabilidad contractual, pero la pretensión está planteada como extracontractual.

La revisión final debe actuar como un examen de consistencia interna. El abogado debe preguntarse:

  • ¿Cada hecho relevante está vinculado a un medio de prueba conducente?

  • ¿La teoría jurídica escogida subsume los hechos narrados y respalda la pretensión?

  • ¿Existen contradicciones o lagunas que la contraparte podría explotar?

La coherencia no es un lujo, sino una garantía de credibilidad. Un juez puede perdonar un error menor de forma, pero difícilmente confiará en un abogado que presenta una demanda incoherente. La revisión final, entonces, es un ejercicio de reconstrucción narrativa: alinear los hechos, depurar la prueba y ajustar la pretensión para que todo encaje en un mismo eje estratégico.

 

3. Evitar la negligencia probatoria

En el terreno probatorio se producen algunos de los tropiezos más graves. Muchos litigantes redactan demandas confiando en que “durante el proceso” se podrán subsanar carencias, pero olvidan que el sistema procesal civil se rige por principios de preclusión y aportación de parte (Art. 5 CPC). La negligencia probatoria no tiene vuelta atrás: si no se ofrece la prueba en el momento inicial, se pierde la oportunidad.

La revisión final exige revisar exhaustivamente la correlación entre hechos y prueba. Si un hecho carece de respaldo probatorio, debe descartarse o replantearse. Si la prueba ofrecida es débil o poco idónea, conviene reforzarla antes de presentar el escrito. Por ejemplo, en casos de daños materiales, no basta con testimonios: se requiere pericia contable o informes técnicos que cuantifiquen el perjuicio.

La negligencia probatoria se manifiesta en múltiples formas: ofrecer testigos sin credibilidad, anexar documentos sin autenticación, omitir peritajes necesarios, olvidar solicitar medidas cautelares para asegurar la prueba. Todos estos descuidos debilitan la teoría del caso y colocan al actor en desventaja. La revisión final es la última oportunidad para evitar esa negligencia.

 

4. Revisión de aspectos formales externos

El formalismo en el proceso civil no es un capricho, sino una garantía de orden procesal. Sin embargo, muchos abogados tropiezan en este punto por simple descuido. La falta de copias, la omisión de anexos, la ausencia de firmas, la incorrecta designación de apoderados o la omisión de domicilios para notificación son defectos que, aunque fácilmente subsanables, desgastan tiempo y credibilidad.

La revisión final debe incluir un checklist formal: verificar que el escrito cumpla con los requisitos del Art. 290 CPC, que los anexos estén completos, que las copias sean legibles y que el poder esté debidamente autenticado. Estos aspectos, aunque aparentemente triviales, son la primera imagen que recibe el juez. Un escrito descuidado transmite desprolijidad, y un abogado descuidado pierde autoridad en estrados.

 

5. Evitar demandas improponibles

Quizás el filtro más drástico de la revisión final es descartar demandas improponibles. Este concepto se refiere a aquellas que, aun cumpliendo con requisitos formales, no pueden prosperar porque carecen de viabilidad procesal. Las causas más frecuentes son la caducidad, la falta de legitimación, la ausencia de interés procesal o la existencia de cosa juzgada.

Ejemplo clásico: presentar una demanda de resolución de contrato más de cuatro años después del incumplimiento, cuando la acción ya está caducada. Otro caso recurrente: demandar a una persona que no es parte en la relación jurídica, careciendo de legitimación pasiva. En ambos supuestos, el juez puede rechazar de plano la demanda, con efectos de cosa juzgada material (Art. 35 CPC).

La improponibilidad es un riesgo que se previene con un examen cuidadoso. Antes de demandar, el abogado debe verificar plazos, legitimación y antecedentes judiciales. La revisión final es el momento idóneo para este análisis. De lo contrario, el proceso termina antes de iniciar, y el cliente queda con la sensación de haber sido derrotado por una falla técnica, no por la solidez del adversario.

 

Conclusiones doctrinales

  1. La revisión final de la demanda constituye una etapa estratégica, no meramente formal.

  2. La pretensión debe formularse con prudencia, proporcionalidad y claridad.

  3. La coherencia interna de la demanda es garantía de credibilidad ante el juez.

  4. Los hechos sin respaldo probatorio deben excluirse o replantearse.

  5. La negligencia probatoria es un error irreparable que compromete el resultado.

  6. Los aspectos formales externos deben revisarse con igual rigor que los sustantivos.

  7. La improponibilidad debe detectarse en esta fase para evitar rechazos de plano.

  8. La revisión final permite anticipar defensas de la contraparte y ajustar la estrategia.

  9. Un abogado cuidadoso proyecta seriedad en cada detalle de la demanda.

  10. Demandas improvisadas generan derrotas anticipadas y pérdida de confianza del cliente.

  11. La proporcionalidad en el petitum abre espacios de negociación procesal.

  12. La claridad y precisión del escrito fortalecen la tutela judicial efectiva.

  13. Una revisión detallada protege al cliente de la frustración de una sentencia inhibitoria.

  14. La revisión final consolida la teoría del caso en su versión más sólida.

  15. La congruencia procesal se asegura desde la calidad del escrito inicial.

  16. Un litigante diligente convierte la revisión en un filtro de riesgos y debilidades.

  17. La carga de la prueba exige un examen previo de idoneidad y suficiencia.

  18. Los errores formales afectan la credibilidad tanto como los errores sustantivos.

  19. La revisión es una expresión del deber ético de diligencia del abogado.

  20. Sin revisión final, no existe auténtica estrategia procesal.


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